Los nuevos límites de velocidad para las ciudades entran en vigor: de 50 a 30 km/h en el 70% de las vías urbanas
11 de mayo de 2021 de Javier Montoro
Hoy, 11 de mayo de 2021, han entrado en vigor los nuevos límites de velocidad para las ciudades, por los cuales sólo se puede circular a un máximo de 30 km/h en las calles de un único carril por sentido de circulación. Esta normativa fue aprobada el pasado mes de noviembre, aunque durante los seis últimos meses no se ha hecho efectiva con el propósito de que los municipios tuviesen un plazo generoso para adaptar la señalización de las vías susceptibles de tales modificaciones e incluso la infraestructura de algunas urbes, especialmente las más grandes.
Ahora, la velocidad máxima permitida en las vías metropolitanas es de 50 km/h en calles de dos o más carriles por sentido de circulación, de 30 km/h en calles de un único carril por sentido de circulación y de 20 km/h en calles con plataforma compartida entre calzada para vehículos y acera para peatones. Estas medidas, desarrolladas por la Dirección General de Tráfico en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias, afectan también al temario oficial en base al cual se deben preparar los exámenes para obtener permiso de conducir.
Pese a que es cierto que la reducción de los límites de velocidad podría ir acompañada de un incremento en el número de sanciones administrativas a nivel local, bien por la falta de costumbre de los usuarios de los distintos vehículos que se hallan en la vía o bien por el aumento del control sobre los mismos con más radares, esta modificación responde a una demanda de la Organización de las Naciones Unidas, de la Comisión Europea y de la mayoría de ayuntamientos españoles con el objetivo de reducir la siniestralidad, los atropellos y el ruido ambiental.
Entre el 70% y el 80% de las calles de todas las localidades de España se verán afectas desde esta mañana y de forma indefinida por las nuevas normas, de modo que sólo menos de un tercio mantendrán sus límites habituales a 50 km/h (grandes avenidas o circunvalaciones). En cuanto al correctivo económico por incumplir el supuesto más habitual, la multa por circular entre 31 y 50 km/h donde haya un límite a 30 km/h será de 100 euros. A 51 km/h ya habrá que pagar 300 euros y despedirse de dos puntos del carnet. Desde 71 km/h son 500 euros y seis puntos.
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