Etiquetas ambientales de Madrid
1 de febrero de 2019 de Redacción carwow
Etiquetas Ambientales de Madrid 2019
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado cuatro distintivos ambientales para conocer exactamente el impacto medioambiental de los vehículos que circulan por España, concretamente orientado a grandes ciudades como Madrid y Barcelona. El fin de estas etiquetas es destacar positivamente a los vehículos que construyen un futuro más limpio y también como elemento de promoción en las tecnologías futuras que respeten el medio ambiente.
Coches.
La etiqueta medioambiental puede adquirirse para los que lo deseen, en las oficinas de Correos, talleres seleccionados y a través de su Gestor administrativo presentando el permiso de circulación y el DNI del propietario con un precio de 5 euros. La colocación de la misma es voluntaria de momento, al igual que sucede con las motocicletas, pero debe adquirirse de forma obligatoria para Abril de 2019, que será cuando entre en vigor la ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid. Se recomienda colocarla en un lugar del vehículo que facilite su identificación y poder beneficiarse de las ventajas que las autoridades establecen para este tipo de vehículos que cuidan del medio ambiente.
Los titulares de los vehículos que quieran consultar cuál etiqueta les corresponde, pueden hacerlo introduciendo la matrícula de su vehículo a través de la web oficial de la DGT.
Los criterios de clasificación del distintivo, son los siguientes:
Gasolina anterior al año 2000 – Los vehículos matriculados antes del año 2000 que utilicen combustión a gasolina, sin etiqueta. Los días de restricción no podrán acceder al centro.
Diésel anterior al año 2006 – Los vehículos matriculados antes del año 2006 que utilicen combustión diésel, sin etiqueta. Los días de restricción no podrán acceder al centro.
Etiqueta 0 – Aquellos modelos eléctricos (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), híbridos enchufables (PHEV, con una autonomía de más de 40 km) o los de pila de combustible, ya sean turismos, motos, furgonetas o vehículos de mercancías deberán llevar adherida el distintivo 0. Estos modelos tendrán vía libre en la gran mayoría de los casos.
Etiqueta ECO – Todos los híbridos enchufables con menos de 40 km de autonomía, los híbridos no enchufables (HEV), los propulsados por GNL o GNC (gas natural licuado o gas comprimido) y GLP (gas licuado de petróleo). A parte de esto, los vehículos diésel deben cumplir con el nivel de emisiones que sea EURO 6/VI, o en el caso de los combustión a gasolina con un nivel de emisiones EURO 4/IV y 5/V.
Etiqueta C – Los turismos y comerciales ligeros gasolina y diésel matriculados a partir de 2006 y 2014, respectivamente. Estos vehículos deben cumplir también con la norma anticontaminación EURO 4/VI, 5/VI o 6/VI y los diésel, la EURO 6/VI.
Etiqueta B – Los turismos matriculados a partir del año 2000 en el caso de los modelos gasolina y de 2006 en diésel. Los transporte de mercancías con esta categoría deben estar matriculados a partir de 2005 y por supuesto clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o diésel EURO 4/IV o 5/V.
Motocicletas.
Las motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuadriciclos también tienen etiqueta. Si quieres la tuya, pulsa aquí: http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/distintivo-ambiental/
Los criterios de clasificación, son los siguientes:
Anterior 2000 – Las motos matriculadas antes del año 2000, sin etiqueta. No podrán entrar en la zona central de Madrid (M30 incluida, hacia el centro) entre las 6.30 de la mañana y las 22.00 de la noche.
Etiqueta 0 – La etiqueta de CERO emisiones para motos eléctricas o las híbridas que puedan enchufarse y tengan un autonomía de más de 40 kilómetros. Tienen libertad de movimiento y van a poder aparcar gratuitamente.
Etiqueta ECO – Las etiquetas de ECO para motos eléctricas o los híbridas que puedan enchufarse y tengan un autonomía inferior a 40 kilómetros. Tienen libertad de movimiento y van a poder aparcar gratuitamente.
Etiqueta C – Las etiquetas de C para motos son las que tiene un motor que cumple con la normativa EURO 3/III o EURO 4/IV. Solamente están limitadas en el Escenario 5. Con ese aviso no podrán circular.
Etiqueta B – Las etiquetas de B para motos son las que tiene un motor que cumple con la normativa EURO 2/II. Podrán entrar en Madrid en Escenario 2. Con el Escenario 3 activado, las restricciones son las mismas, pero ampliado a todo el territorio municipal y no solo almendra central y M30. En Escenario 4, si se mantiene durante más de cuatro días, se prohíbe circular. Y en Escenario 5, el peor de los posibles, no pueden circular por ninguna parte del término municipal de Madrid.
En el siguiente post, explicaremos detenidamente qué son los Escenarios y cuál es su práctica a la hora de aplicarlos por parte de la ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid.