¿Cuándo pasar la ITV por primera vez?
10 de diciembre de 2021 de Javier Montoro
Todos los vehículos motorizados, sin excepciones, están obligados a pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en España, que para los automóviles y las motocicletas se hace por primera vez a los 4 años desde la primera matriculación. A partir de ese momento, se lleva a cabo una revisión cada 2 años hasta que el vehículo en cuestión tiene una década de antigüedad, fecha desde la cual esta inspección se realiza anualmente.
La periodicidad puede variar en algunos casos particulares, como el de los vehículos industriales (autobuses, camiones, furgonetas, etc.). Por otro lado, la ITV no es necesaria ni aplicable a los vehículos dados legalmente de baja, a aquellos que sean nuevos o con una edad inferior a 4 años, ni tampoco a los patinetes eléctricos tan de moda en la actualidad. Si un vehículo no cuenta con una ITV en vigor (tiene un coste), su seguro queda invalidado y se expone a una multa.
La ITV es una revisión oficial, regulada y metódica que tiene como principal objetivo garantizar que los vehículos en circulación dentro del territorio nacional mantienen unas condiciones de seguridad mínimas, lo cual aporta un mayor grado de seguridad vial para el conjunto de los usuarios y contribuye a proteger el medioambiente y la salud en general de las emisiones de gases de escape que se consideren excesivas (también hay ITV para coches eléctricos).
Para ello, la ley establece una periodicidad con la que los diferentes tipos de vehículos deben someterse a estas pruebas básicas, salvo accidentes que afecten a elementos estructurales o reformas de importancia que impliquen acudir inmediatamente a la inspección técnica para obtener un certificado de validez u homologación. Con el propósito de que conozcas los plazos de la primera revisión por cada clase de vehículo, hemos preparado la siguiente tabla:
Categoría de vehículo | Fecha de la primera ITV |
Ciclomotores | 3 años desde la primera matriculación |
Motocicletas, cuadriciclos y quads | 4 años desde la primera matriculación |
Turismos | 4 años desde la primera matriculación |
Furgonetas y camiones < 3.500 kg | 2 años desde la primera matriculación |
Furgonetas y camiones > 3.500 kg | 1 año desde la primera matriculación |
Autobuses | 1 año desde la primera matriculación |
Ambulancias y servicios públicos | 1 año desde la primera matriculación |
Agrícolas | 8 años desde la primera matriculación |
Autocaravanas | 4 años desde la primera matriculación |
Especiales y de obras | 4 años desde la primera matriculación |
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