//= ASSETS_URL ?>//= ASSETS_VERSION ?> Zonas de Bajas Emisiones de Madrid (ZBE)
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Descubre si tu coche puede entrar en las zonas de Madrid ZBE y ZBEDEP introduciendo tu destino en nuestro mapa de zona de bajas emisiones
Zonas de Bajas emisiones de Madrid en 2024
Madrid es una de las grandes ciudades de la Unión Europea. Con más de 3 millones de habitantes, la capital española fue una de las primeras en instaurar una ZBE (Zona de Bajas Emisiones). Con su entrada en vigor a partir del 30 de noviembre de 2018, el centro de la ciudad quedó acotado para impedir la libre circulación de los vehículos más viejos del parque. En los años siguientes el Ayuntamiento de Madrid ha ampliado el rango de actuación así como ha introducido nuevos espacios protegidos. Te detallamos todo lo que tienes que saber de la Zonas de Bajas Emisiones de Madrid. En 2021 el Gobierno central aprobó por mayoría la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Con una periodo de latencia, la norma nacional entró en vigor oficialmente el 1 de enero de 2024. Atañe principalmente a las ciudades con más de 50.000 habitantes o a las de más de 20.000 habitantes que superen los límites permitidos de emisiones. Madrid está dentro de ese rango de localidades, pero su tamaño y su elevada contaminación exigen medidas más contundentes que en otras ciudades como Sevilla, Valencia o Bilbao, por ejemplo.¿Qué es la ZBE de Madrid?
La temática de las Zonas de Bajas Emisiones es todavía muy confusa para la población y genera equivocaciones frecuentemente. En Madrid hay actualmente tres ZBE activas. Dos de ellas son Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, Distrito Centro y Plaza Elíptica. Madrid ZBE es la zona más grande y actualmente incluye todas las vías en el interior de la M-40 y lugares próximos como el monte del Pardo, por ejemplo. Todas tienen restricciones específicas para determinados tipos de vehículos. En esta página te damos todos los detalles sobre cada una de las tres ZBE activas en Madrid.¿Cuáles son las Zonas de Bajas Emisiones en Madrid?
Actualmente en Madrid hay activas dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) y una Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Estas zonas restringen la circulación a determinados vehículos pero cada una tiene normas específicas que vamos a detallar.Madrid ZBE
Esta Zona de Bajas Emisiones es la de mayor extensión de Madrid y cada año su perímetro crece, acabará ocupando todas las vías del municipio en 2024. Desde el 1 de enero de 2024 la Zona de Bajas Emisiones crecerá para abarcar el área que delimita la M-40, lo que significa que todas las carreteras y calles dentro de este anillo de circunvalación.¿Qué coches no pueden entrar en Madrid ZBE?
Esto significa que los coches sin distintivo medioambiental tienen prohibida la circulación en las calles interiores a la M-40 así como en la propia M-40, además de mantenerse las restricciones anteriores de circulación dentro de la M-30 y las vías que se encuentren en su interior.Configura tu coche con etiqueta ECO
¿Qué coches pueden entrar en Madrid ZBE?
- Cualquiera con etiqueta B, C, ECO o CERO de la DGT.
- Residentes sin etiqueta, hasta 2025. Siempre que el coche se encuentre domiciliado en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figure en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
ZBEDEP Plaza Elíptica
En funcionamiento desde 2022 esta zona queda delimitada por la Plaza Elíptica, las calles aledañas e incluye el túnel de la carretera A-42 en ambos sentidos.¿Qué coches no pueden entrar en la ZBEDEP de Plaza Elíptica?
Igual que en Madrid ZBE los coches sin distintivo medioambiental tienen prohibida la circulación por toda la Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de Plaza Elíptica.¿Qué coches pueden entrar en la ZBEDEP de Plaza Elíptica?
- Cualquiera con etiqueta B, C, ECO o CERO de la DGT.
- Residentes de Plaza Elíptica sin etiqueta, hasta 2025. Siempre que el coche se encuentre domiciliado en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figure en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
Configura tu coche con etiqueta CERO
ZBEDEP Distrito Centro
Anteriormente conocida como Madrid Central esta zona es la más restrictiva. Comprende las calles de la ‘almendra central’ de Madrid, siendo la más destacada la Gran Vía.¿Qué coches no pueden circular por la ZBEDEP Distrito centro?
Al igual que en las dos anteriores los vehículos sin etiqueta no pueden circular ni atravesar esta zona. Además los vehículos con distintivos ‘B’ y ‘C’ solo pueden acceder si después estacionan en un aparcamiento de uso público o privado.¿Qué coches pueden circular por la ZBEDEP Distrito centro?
- Coches con etiqueta B o C siempre que estacionen en un aparcamiento público o privado. La mayoría de parking públicos cuentan con un sistema de cámaras que notifica automáticamente al Ayuntamiento para evitar que el usuario sea multado.
- Coches con etiqueta ECO o CERO sin ningún tipo de restricción.
- Residentes del Distrito Centro sin etiqueta, hasta 2025. Siempre que el coche se encuentre domiciliado en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figure en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
¿Cómo saber si estoy entrando en una Zona de Bajas Emisiones en Madrid?
La normativa española es bastante flexible en cuanto a que es cada localidad la que toma las medidas que considere oportunas para crear las Zonas de Bajas Emisiones, sin embargo, la ley sí recoge la obligación de identificar y señalizar correctamente todos los espacios protegidos para facilitar a los conductores el reconocimiento del espacio. Para unificar la lectura en todas las ciudades se ha diseñado una nueva señal de tráfico vertical que se acompaña de los distintivos que sí están autorizados a circular. Además, cada ciudad puede tomar medidas adicionales como los indicadores viales o más señales verticales.Autorizaciones especiales en las ZBE de Madrid
En cada una de las ZBE hay excepciones a la normativa general para garantizar la movilidad de residentes, comerciantes o personas con movilidad reducida. Estos son algunos ejemplos, aunque recomendamos consultar la web oficial del Ayuntamiento de Madrid para estos supuestos específicos.- Residentes y comerciantes
- Vehículos de emergencias
- Taxis y vehículos VTC
- Vehículos para transporte de personas de movilidad reducida
- Vehículos históricos y clásicos
- Vehículos de reparto dentro del horario acordado (07:00 a 22:00 h)
- Motocicletas no residentes dentro del horario acordado (07:00 a 22:00 h)
Dónde aparcar fuera de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid
Durante años el Ayuntamiento de Madrid, en ayuda con el Gobierno de la Comunidad de Madrid, ha instalado diferentes aparcamientos disuasorios que animan a los conductores a dejar el coche fuera de los límites de las ZBE. Estos estacionamientos públicos resultan económicos y quedan directamente conectados con la red de transporte público o cercanías que permiten adentrarse en el centro de la ciudad en apenas unos minutos¿Quiénes no pueden usar estos aparcamientos?
Muchos de estos estacionamientos, tras la nueva norma que multará a los coches sin pegatina a partir del mes de julio, quedarán sin poder utilizarse por los usuarios no residentes en el municipio. Esto quiere decir que, si por ejemplo, vives en Fuenlabrada, no podrás utilizar los parkings que se encuentren dentro del municipio para estacionar tu coche sin pegatina. Así, algunos de los parkings disuasorios como el de Plaza de Castilla, Avenida de América, Fuente de la Mora, Estadio Metropolitano, Las Tablas o Moncloa, por citar algunos, serán inaccesibles para quienes no se encuentren domiciliados dentro del municipio de Madrid. Para estos conductores de vehículos sin distintivo, algunas de las ubicaciones de los aparcamientos disuasorios que desde julio seguirán pudiendo usar para acceder a Madrid en transporte serán:- Alcobendas
- San Sebastián de los Reyes
- Tres Cantos
- Pozuelo de Alarcón
- Majadahonda
- Alcorcón
- Leganés
- Getafe
- Rivas Coslada
¿Quiénes sí pueden usar estos aparcamientos?
Por otra parte, los estacionamientos de dentro del municipio aún tienen uso para los vehículos sin distintivo que cumplan las siguientes condiciones:- A fecha de 1 de enero de 2022 estar domiciliados en la Ciudad de Madrid en el Registro de vehículos de la DGT.
- También a fecha de 2022 estar dado de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.